938 70 96 28 info@lexvalles.com
Seleccionar página

Impuestos sobre herencias y donaciones

Te explicamos con claridad las razones por las que hay que pagar impuestos sobre herencias y donaciones.

¿Te ayudamos en el trámite?

Razones por las que hay que pagar impuestos sobre herencias y donaciones (ISD):

  • Cuando recibes bienes o derechos de alguien que ha fallecido, ya sea por herencia, legado u otro motivo relacionado con la sucesión.
  • Si obtienes bienes o derechos como regalo o a través de algún acuerdo legal gratuito mientras las personas están vivas.
  • Cuando recibes dinero de un seguro de vida, pero el que contrató el seguro no es la misma persona que recibe el beneficio.

¿Existe alguna manera de eludir el pago del impuesto de sucesiones Catalunya?

El impuesto de sucesiones debe ser pagado al recibir una herencia o legado. No obstante, en determinadas comunidades autónomas, las obligaciones fiscales pueden ser mínimas o incluso eximirse por completo, dependiendo de las circunstancias específicas de la sucesión.

En Catalunya, es esencial cumplir con los trámites y plazos establecidos, pero es recomendable informarse sobre posibles beneficios fiscales o exenciones que puedan aplicarse según la normativa vigente. Cada caso puede ser único, por lo que es aconsejable consultar con un asesor fiscal para asegurarse de cumplir con todas las obligaciones tributarias de manera adecuada.

Antes de pagar el impuesto sobre sucesiones y donaciones, hay que hacer algunos trámites importantes cuando heredamos algo. Aquí te explico fácilmente qué pasos seguir:

Paso 1: Obtener documentos importantes

  • Certificado de defunción: Pídelo al registro civil del lugar donde falleció la persona. Es un papel que confirma su fallecimiento.
  • Certificado de últimas voluntades: Solicítalo en línea o en la oficina del Ministerio de Justicia, usando el certificado de defunción. Este documento te dirá si la persona tenía testamento y quién lo autorizó.
  • Copia del testamento: Si hay testamento, pide una copia al notario que lo autorizó. También, si existe, copia de acuerdos o documentos relacionados.

Paso 2: Aceptar y repartir la herencia Después de tener estos documentos, puedes escribir un papel llamado «escritura de manifestación de herencia». Aquí se detallan y valoran todos los bienes y deudas que heredaste. En este papel, confirmas que aceptas la herencia y puedes repartir o asignar las cosas. Es importante saber que no es necesario hacer este trámite en un documento oficial; también puedes hacerlo en un papel privado donde se mencionen los datos de las personas involucradas, la lista de bienes y su valor.

Para cumplir con el impuesto, es recomendable consultar el modelo de declaración privada de bienes en la página electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña (ATC). ¡Espero que estos pasos te ayuden en el proceso!

Te explicamos con claridad las razones por las que hay que pagar impuestos sobre herencias y donaciones. ¿Te ayudamos en el támite? lexvalles associats

Además, es importante tener en cuenta los plazos para presentar la documentación. Aquí te explico:

Plazos de presentación:

  • Para las herencias, necesitas presentar todo en los primeros seis meses después del fallecimiento de la persona.
  • Si se trata de donaciones, el plazo es de un mes a partir del día en que se realiza el acto o contrato.
  • En casos de consolidaciones de dominio (cuando el usufructo termina por muerte o por otro motivo), tienes seis meses desde la fecha de fallecimiento. Si la extinción del usufructo es por otro motivo, el plazo es de un mes desde el acto o contrato que lo provoca.

Es importante tener en cuenta que estos plazos se cuentan desde el día exacto del evento mencionado. Si el último día del plazo cae en fin de semana o día festivo, se extiende hasta el primer día hábil siguiente. ¡Recuerda cumplir con estos plazos para evitar problemas!

Encontrarás toda la información en la Guía práctica del impuesto sobre sucesiones y donaciones (guia_isd_esPDF (atc.gencat.cat))

Podemos ayudarte a tramitar la donación o herencia